Una dirección indigna para un Parlamento
La Cámara andaluza no ha sabido defender el derecho reforzado a la libertad de expresión de su parlamentario José Ignacio García
El TSJA archiva la querella de la Fiscalía contra el portavoz de Adelante Andalucía por injurias a la Policía Local de Sevilla

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha solucionado la inquietante respuesta con la que el Parlamento de Andalucía ha tratado la querella de la Fiscalía contra uno de sus parlamentarios, José Ignacio García. Inquietante por cuanto la actuación del ministerio público había puesto en duda el derecho reforzado de los miembros de la Cámara a la libertad de expresión e indigna por cuanto, ante la petición de amparo del parlamentario, la Mesa y Junta de Portavoces optó por encargar un informe jurídico al letrado mayor. Un informe que aún no ha sido elaborado y que, afortunadamente, ahora podrá tener en cuenta la contundente postura del TSJA.
El auto del TSJA evitará al presidente del Parlamento, Jesús Aguirre, a sus vicepresidentes y a los secretarios de la Mesa salir en defensa de la libertad de expresión del parlamentario y del artículo del Estatuto de Autonomía que declara inviolables las opiniones manifestadas por sus diputados en actos parlamentarios.
Tan claro lo han tenido los tres jueces de la sala, entre ellos, el propio presidente del tribunal, Lorenzo del Río, que no han entrado a valorar si la inviolabilidad se circunscribe a las paredes del Parlamento o se extiende a sus actos políticos; es un claro ejemplo de ejercicio de la libertad de expresión, y con eso basta. El tribunal no comparte la opinión de la Fiscalía, que al presentar la querella contra el parlamentario, daba la razón a los sindicatos policiales que entendían que las declaraciones de José Ignacio García intentaban erosionar a un cuerpo policial con injurias y calumnias.
En un escrito sorprendente, la Fiscalía Superior de Andalucía había tildado de "libertinaje de expresión" las declaraciones que José Ignacio García, de Adelante Andalucía, realizó a raíz de la muerte de Mamouth Bakhoum el 29 de diciembre pasado. Este senegalés afincado en Sevilla vendía camisetas de modo ilegal en la calle cuando fue sorprendido por una actuación de la Policía Local. Recogió las prendas y huyó, aunque fue perseguido de modo "motorizado" y durante más de un kilómetro, como se encarga de subrayar el auto del TSJA, por agentes locales. Llegado a uno de los muelles del Guadalquivir, el mantero se descolgó con una amarra en el cantil, pero cayó al agua y murió ahogado. Dos agentes de la Policía se arrojaron al río para salvarlo, pero ya había fallecido.
José Ignacio García declaró en una manifestación de repulsa por lo sucedido que la Policía Local de Sevilla lo había perseguido "hasta la muerte", arrojó dudas sobre la versión policial y acusó al cuerpo de racismo institucional, expresiones que no tienen por qué gustar a una mayoría, pero en eso consiste la libertad de expresión. No es un derecho al aplauso, sino una protección del debate público.
Una vez presentada la querella, el parlamentario solicitó el amparo de la Cámara, tal como indica el artículo 12 del Reglamento del Parlamento, que le reconoce ese derecho cuando vea sus prerrogativas en peligro por su detención o una actuación judicial. Esto no había ocurrido nunca, los hechos eran graves, pero el Parlamento prefirió endosar su responsabilidad a otros.
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