El Supremo pide autorización a al Parlamento Europeo para investigar a Alvise

Da cinco días al eurodiputado para que diga si quiere declarar voluntariamente en la causa por falsedad e injurias por la difusión de la PCR falsa de Illa

El Supremo ofrece a Alvise declarar por difundir una prueba falsa de Covid de Illa.
El Supremo ofrece a Alvise declarar por difundir una prueba falsa de Covid de Illa. / Chema Moya / Efe
Agencias

07 de mayo 2025 - 12:21

El Tribunal Supremo (TS) ha iniciado ya los trámites para pedir autorización al Parlamento Europeo con el objetivo de poder investigar al eurodiputado Luis Alvise Pérez por la difusión de una PCR falsa del que fuera ministro de Sanidad y ahora presidente de Cataluña, Salvador Illa, y le ha dado cinco días para que diga si quiere declarar voluntariamente.

En un auto del magistrado de la Sala de lo Penal Javier Hernández, recogido por Europa Press, acuerda incoar diligencias previas para la investigación de los delitos de falsedad e injurias presuntamente cometidos por el eurodiputado fundador de Se Acabó la Fiesta (SALF).

Hernández señala que debe solicitarse a la Eurocámara la correspondiente autorización para proceder "a su material inculpación y sustanciar, plenamente, en su caso, esta fase procesal, conforme al Protocolo número 7 sobre privilegios e inmunidades de la Unión Europea". En este sentido, acuerda que se inicien los trámites para solicitar la correspondiente autorización al Parlamento Europeo para proceder contra el eurodiputado.

No obstante, afirma que, tal y como previene el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), y en garantía de sus derechos de defensa, el querellado está en condición ya de ejercer sus derechos defensivos y comparecer voluntariamente a los efectos previstos en los artículos 118 y 775 de la LECrim.

Por ello, dispone que se requiera a Alvise para que, en el plazo de cinco días, manifieste si, de manera voluntaria y antes de que pueda concederse por la Cámara Europea la correspondiente autorización para proceder, está dispuesto a comparecer ante el instructor.

La personación del PSC

Por otra parte, el magistrado indica que la personación del Partit dels Socialistes de Catalunya como parte en esta causa, en su condición de acusación popular, queda supeditada a que formule querella por el presunto delito de falsedad y presente una fianza de 15.000 euros para cubrir las posibles responsabilidades que pudieran derivarse del ejercicio de la acción penal.

Señala que su personación solo puede venir dada como acusación popular y solo respecto al delito de falsedad puesto que carece de legitimación para instar la persecución del delito de injurias tal como previene el artículo 104 de la LECrim.

Además, acuerda que se dé traslado de las actuaciones hasta ahora practicadas al querellado y que se le requiera para que, en su caso, y en el plazo de cinco días, manifieste si mantiene al procurador y al abogado hasta ahora designados en su representación y defensa.

Por último, el instructor concede a las partes personadas un plazo de cinco días para que indiquen las diligencias de investigación que, a su parecer, procedería ordenar.

La PCR falsa

Fue el pasado 11 de abril cuando trascendió que el Supremo acordaba abrir causa contra el líder de SALF al apreciar "múltiples" indicios fundados de presuntos delitos de falsedad en documento privado e injurias por la difusión de una PCR falsa de Illa.

El asunto llegó al alto tribunal después de que en 2021 el Juzgado de Instrucción Número 33 de Barcelona recibiera una querella de la Fiscalía. El pasado septiembre de 2024, se envió el caso al TS, toda vez que Alvise goza de la condición de aforado por ser eurodiputado. Por defectos formales, el tribunal reenvió el procedimiento a Barcelona, lo que ralentizó el proceso.

Los hechos se remontan al 11 de febrero de 2021, cuando Alvise publicó un 'tuit' durante la campaña electoral a las elecciones catalanas y en el marco de un debate electoral televisado entre los candidatos, entre los que se encontraba Illa.

Alvise publicó en su cuenta un texto que decía "Hola Salvador Illa. Entre la LOPD o demostrar que un ministro y candidato autonómico de mi país miente... la segunda". El mensaje iba acompañado de la fotografía de un documento que simulaba un informe clínico fechado unos días antes, en el que se hacía constar el resultado "positivo" de una PCR a nombre de Illa.

La Fiscalía defiende que dicho documento es totalmente falso y que lo habría confeccionado Alvise con ánimo de perjudicar a Illa y al PSC. Y pese a que señala que aún hay "diligencias pendientes de comprobación", considera que aunque "se trata de un retuit sin relación con el autor del original" seguiría siendo posible investigarle cuando menos por un delito de utilización de un documento falso e injurias.

Casos pendientes

A este caso de la PCR se suman en el Supremo otras dos causas contra Alvise, una por presunta financiación ilegal de su partido para las elecciones europeas y otra por los mensajes que difundió a través de su cuenta de Telegram contra la fiscal delegada de delitos de odio y discriminación de Valencia, Susana Gisbert.

Al margen, el eurodiputado tiene pendiente que el TS se pronuncie sobre al menos otro asunto, que llegó al TS de un juzgado de Castilla y León por una denuncia del diputado socialista Javier Alfonso Cendón por un presunto delito de calumnias por vincularle con la trama del 'caso Tito Berni' en su Telegram.

Por otro lado, la Audiencia de Sevilla investiga una denuncia de la Fiscalía por una publicación de 'Alvise' en su Telegram donde aparece una foto de la hija del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, obtenida de su perfil privado de Instagram, por posible revelación de secretos o vulneración de la intimidad.

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